MERCANCÍAS PELIGROSAS EN CANTIDADES LIMITADAS

¿Has visto esta marca en tu supermercado? ¿De qué se trata?

Pues son mercancías peligrosas en cantidades limitadas.

Las cantidades limitadas en el ADR son bultos con cantidades pequeñas de mercancías peligrosas en su interior y que por lo tanto no representan un gran riesgo para las operaciones de carga, descarga y transporte.

Este tipo de transporte está muy extendido sobre todo en el comercio al consumidor final y facilita mucho las cosas en la logística en general, ya que no requiere de cumplir grandes normas ni protocolos.

¿Sabias qué? …… Puedes transportar 20000 litros de gasolina en envases de 1 litro bajo esta exención.

Para que sea un transporte en cantidad limitada se deben cumplir algunos requisitos:

-              Las mercancías peligrosas deben estar exclusivamente embaladas en envases interiores colocados en embalajes exteriores apropiados.

-              La masa bruta del bulto no debe superar los 30 kg.

-              El contenido del envase interior no puede superar el valor que en cada materia determine la normativa. Normalmente rondan entre 1 litro o kilo y 5 litros o kilos.

-              Hay mercancías que por su peligrosidad el ADR no deja que se transporten bajo esta modalidad.

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